Organigrama
ALCALDE
- ALCALDE ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN JAVIER
- FUNCIONES
- CONTACTO
ALCALDE DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN JAVIER
Jorge Ignacio Silva Sepúlveda
El Alcalde es la máxima autoridad de la Municipalidad y en tal calidad, le corresponderá su dirección y administración superior y la supervigilancia de su funcionamiento.
En la condición antedicha, el Alcalde deberá presentar, oportunamente y en forma fundada, a la aprobación del concejo, el plan comunal de desarrollo, el presupuesto municipal, el plan regulador, las políticas de la unidad de servicios de salud y educación y demás incorporados a su gestión, y las políticas y normas generales sobre licitaciones, adquisiciones, concesiones y permisos.
El Alcalde tendrá las siguientes atribuciones:
- a) Representar judicial y extrajudicialmente a la municipalidad;
- b) Proponer al concejo la organización interna de la municipalidad;
- c) Nombrar y remover a los funcionarios de su dependencia de acuerdo con las normas estatutarias que los rijan;
- d) Velar por la observancia del principio de la probidad administrativa dentro del municipio y aplicar medidas disciplinarias al personal de su dependencia, en conformidad con las normas estatutarias que lo rijan;
- e) Administrar los recursos financieros de la municipalidad, de acuerdo con las normas sobre administración financiera del Estado;
- f) Administrar los bienes municipales y nacionales de uso público de la comuna que correspondan en conformidad a esta ley;
- g) Otorgar, renovar y poner término a permisos municipales;
- h) Adquirir y enajenar bienes muebles;
- i) Dictar resoluciones obligatorias de carácter general o particular;
- j) Delegar el ejercicio de parte de sus atribuciones exclusivas en funcionarios de su dependencia o en los delegados que designe, salvo las contempladas en las letras c) y d) y la presencia del consejo comunal de seguridad pública. Igualmente podrá delegar la facultad para firmar, bajo la fórmula «por orden del Alcalde», sobre materias específicas;
- k) Coordinar el funcionamiento de la municipalidad con los órganos de la Administración del Estado que corresponda;
- l) Coordinar con los servicios públicos la acción de éstos en el territorio de la comuna;
- ll) Ejecutar los actos y celebrar los contratos necesarios para el adecuado cumplimiento de las funciones de la municipalidad y de lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley Nº18.575;
- m) Convocar y presidir, con derecho a voto, el concejo; como asimismo, convocar y presidir el consejo comunal de organizaciones de la sociedad civil y el consejo comunal de seguridad pública.
- n) Someter a plebiscito las materias de administración local, de acuerdo a lo establecido en los artículos 99 y siguientes;
ñ) Autorizar la circulación de los vehículos municipales fuera de los días y horas de trabajo, para el cumplimiento de las funciones inherentes a la municipalidad.
- o) Aprobar, observar o rechazar las solicitudes de materializar los aportes al espacio público que contempla la Ley General de Urbanismo y Construcciones a través de la ejecución de estudios, proyectos, obras y medidas de acuerdo a lo que dispone el mismo cuerpo legal.
- p) Requerir de la Fiscalía del Ministerio Público y de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, que ejerzan sus funciones en la comuna respectiva, los datos oficiales que éstas posean en sus sistemas de información, sobre los delitos que hubiesen afectado a la comuna durante el mes anterior, con el objetivo de dar cumplimiento a la función establecida en la letra j) del artículo 4 de la presente ley.
El funcionario policial de más alto rango en la unidad policial requerida, o en quien éste delegue su función, deberá enviar dicha información al alcalde o al funcionario municipal que éste designe, a través del medio más expedito, dentro de los diez días hábiles siguientes a la solicitud, la cual en todo caso no podrá contener datos que permitan la singularización de personas determinadas.
Mail Secretaría Alcalde:
andrea.fuentes@imsanjavier.cl
GABINETE
- GABINETE ALCALDÍA
- FUNCIONES
- CONTACTO
GABINETE ALCALDÍA
Jimmy Aravena Andrades
Jefe de Gabinete
Depende directamente del Alcalde y sus funciones son:
- Colaborar en la atención de situaciones que requieren el pronunciamiento o decisión directa del Alcalde.
- Programar y coordinar las actividades administrativas y protocolares del Alcalde.
- Supervisar el desarrollo de las actividades de atención de público, programación de Audiencias y otras de apoyo directo a las funciones del Alcalde.
- Organizar y administrar la agenda de responsabilidades e intervenciones públicas del Alcalde.
- Elaborar y proponer mecanismos que permitan recoger las inquietudes e intereses de la comunidad para asegurar la respuesta de la Municipalidad ante las situaciones y necesidades emergentes.
- Coordinar a la Unidad de Relaciones Públicas y Comunicaciones, para cumplir con las normas vinculadas con el Protocolo en cada una de las actividades, como a su vez mantener oportuna y convenientemente informada a la comunidad de la labor municipal.
Email Jefe de Gabinete: Jimmy.aravena@imsanjavier.cl
Email Relaciones Públicas y Comunicaciones: rrpp@imsanjavier.cl
SECRETARÍA MUNICIPAL
- SECRETARÍA MUNICIPAL
- FUNCIONES
- CONTACTO
Claudio Acevedo Montecinos
Secretario Municipal
FUNCIONES DE SECRETARÍA MUNICIPAL: A la Secretaría Municipal le corresponden las siguientes funciones específicas:
- Servir de Secretaría Administrativa del Alcalde y del Concejo Municipal.
- Confeccionar los Decretos y Resoluciones para ser suscritos por el Alcalde, salvo aquellos que por versar sobre materias técnicas específicas, su confección está radicada en la Unidad de origen.
- Certificar que las copias son fieles a los originales de los Decretos, Reglamentos, Ordenanzas y Resoluciones Municipales.
- Llevar el archivo de todos los documentos antes indicados.
- Cumplir las funciones que le asigna la Ley, sobre Juntas de Vecinos y demás organizaciones comunitarias.
- Recibir los antecedentes sobre constitución de nuevas organizaciones comunitarias que soliciten su inscripción en el Registro de Organizaciones Comunitarias que de conformidad a la Ley lleva la Secretaría Municipal, para proceder a su inscripción y la obtención de la Personalidad Jurídica.
- Dar cumplimiento en lo que le corresponde a la Ley Nº 20.285 sobre Acceso a la Información Pública, tanto Activa como Pasiva.
- Actuar como Ministro de Fe en todas las actuaciones municipales.
- Desarrollar las actividades específicas que le asigna la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, en relación a la constitución y funcionamiento del Concejo Municipal.
- Preparar las convocatorias a las sesiones del Concejo y velar por su oportuno despacho a los integrantes del Concejo.
- Confeccionar las Actas de las Sesiones del Concejo.
- Llevar un registro con todos los acuerdos del Concejo y de la documentación que sale y llega a éste.
- Recibir, mantener y tramitar cuando corresponda la Declaración de Intereses establecidos por la Ley Nº 18.575
Email Secretaría Municipal: secretario@imsanjavier.cl
Email Transparencia: transparencia@imsanjavier.cl
Email Oficina de Partes: partes@imsanjavier.cl
JUZGADO DE POLICÍA LOCAL
- JUZGADO DE POLICÍA LOCAL
- FUNCIONES
- CONTACTO
Huldo Cisternas Arellano
Juez de Policía Local de San Javier
FUNCIONES JUZGADO POLICÍA LOCAL
- De las infracciones de los preceptos que reglamentan el transporte por calles y caminos y el tránsito público. En esta materia existen numerosas leyes, decretos y reglamentos, tales como la Ley Nº 18.290, 15.231, 18.287 y los decretos del Ministerio de Transporte, que no se enumeran por su gran número.
- Regulación de daños y perjuicios ocasionados en o con motivo de Accidentes de Tránsito de cualquier que sea su monto.
- De las infracciones a las Ordenanzas, Reglamentos y Decretos de la Alcaldía.
- Infracciones al D.F.L. 458 de Ministerio de la Vivienda, sobre Lay General de Urbanismo y Construcciones y Decretos de la Dirección de Obras Municipales.
- Infracciones al D.L. 3063, sobre Rentas Municipales.
- Infracciones a la Ley Nº 18.223 y decretos reglamentarios, sobre Protección al Consumidor.
- Infracciones a la Ley Nº 18.681 sobre Ley de Propiedad Horizontal (copropietarios).
- Infracciones a la Ley Nº 18.700 Ley Orgánica Constitucional sobre votaciones populares y escrutinios.
- Infracciones a la Ley Nº 19.419 sobre Tabaco y cigarrillos.
- 701 modificado por D.L. 2565 sobre Fomento Forestal.
- 4363, publicado en el Diario Oficial el 30/o6/31, sobre Ley de Bosques.
- Infracciones a la Ley Nº 18.119 sobre conexiones o empalmes clandestinos a matrices o arranques de agua potable o alcantarillado.
- Infracciones a la Ley Nº 19.303 sobre Vigilantes Privados.
- Infracciones a la Ley Nº 19.284 sobre discapacitados.
- Infracciones a la Ley Nº 19.040, sobre buses contaminantes y D.S. Nº 116 de Transporte de 1992.
- Infracciones a la Ley Nº 18.892, solamente con respecto a la pesca deportiva.
- Infracciones a la Ley Nº 13.937, sobre Letreros indicativos de nombres de calles.
- Infracciones a la Ley que crea Comisión de Energía Nuclear.
- Infracciones al Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 158 de 1980, del Ministerio de Obras Públicas y al Decreto Supremo Nº 200 de 1993, del mismo Ministerio, sobre mantención de pavimentos y pesaje de camiones, publicada en el Diario Oficial 26/07/93
- Infracciones a la Ley de Educación Primaria Obligatoria.
- Infracciones al D.L. 679, de 1974, que establece normas sobre calificación cinematográfica.
- Infracciones al Decreto con fuerza de Ley 216, de 15 de mayo de 1931, sobre registro de empadronamiento vecinal.
- A las leyes sobre Pavimentación.
- A las infracciones sobre vagancia y mendicidad a que se refiere el párrafo 13 del Título VI del Libro II del Código penal, salvo lo prescrito en la Letra d) del número 2 del artículo 45 del Código Orgánico de Tribunales, respecto de estos delitos que se cometan en la ciudad que tenga su asiento el Tribunal.
- Infracción a los Artículos 113 y 117 de la Ley de Alcoholes, y la conducción bajo la influencia del alcohol.
- Infracciones a la Ley 7889, sobre venta de boletos de la Lotería y Polla de Beneficencia.
- Infracciones a los Artículos 5, 6, 10, 12 de la Ley 5.172, sobre Espectáculos Públicos, diversiones y carreras.
- Infracciones a la Ley 4.023 sobre Guía de Libre Tránsito.
- De las causas civiles y de los juicios relativos al contrato de arrendamiento cuya cuantía no exceda de $ 3.000
- Infracciones a la Ley 4.061 sobre caza y sus modificaciones de 1978
- Infracciones al D.L. 539 que establece normas sobre reajustabilidad y pago de dividendos de deudas habitacionales, modificación contemplada en la Ley 17.663
- Infracciones al D.F.L. 1 (12/02/79) Deroga Nº 20 de 1964 y lo reemplaza por las disposiciones que indica sobre Combustible.
- Infracciones 132 normas técnicas y de calidad y procedimiento de control aplicable al petróleo crudo, a los combustibles derivados de este y a cualquier otra clase de combustible.
- Infracciones al D.L, 2.974 establece normas sobre Créditos otorguen pequeños empresarios agrícolas y relativos a prenda agraria.
- Infracciones al D.L. 3.516 Normas sobre División de Predios Rústicos.
CONTROL INTERNO
- CONTROL INTERNO JURÍDICO
- FUNCIONES
- CONTACTO
Cristian Vega Morales
Director Control Interno
La Dirección de Control, depende directamente del Alcalde, tiene un carácter asesor tanto para el Alcalde como para las unidades municipales, teniendo como objetivo apoyar la gestión del municipio y procurar la máxima eficiencia administrativa interna de la municipalidad en el marco de las normas legales vigentes.
Funciones establecidas por Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, Art.Nº29.- A la Unidad encargada del control le corresponderán las siguientes funciones:
- Realizar la auditoría operativa interna de la Municipalidad, con el objeto de fiscalizar la legalidad de su actuación.
- Controlar la ejecución financiera y presupuestaria Municipal.
- Representar al Alcalde los actos municipales que estime ilegales, informando de ello al Concejo, para cuyo objeto tendrá acceso a toda la información disponible.
- Colaborar directamente con el Concejo para el ejercicio de sus funciones fiscalizadoras y asesorarlo respecto a alguna auditoría externa que el concejo pueda requerir.
- Asesorar al concejo municipal en la definición y evaluación de la auditoria externa que aquel puede requerir en virtud de esta ley.
- Representar al alcalde en los actos municipales cuando los estime ilegales.
- Otras indicadas en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.
Otras funciones de carácter permanente:
- Informe del Programa de Mejoramiento de la Gestión año.
- Seguimiento y coordinar respuesta a Informes de Contraloría.
- Seguimiento a informes emitidos en la unidad.
- Fiscalización de la ley Nº20.285 de acceso a la información Pública.
DEPARTAMENTO JURÍDICO
- DEPARTAMENTO JURÍDICO
- FUNCIONES
- CONTACTO
Paula Troncoso Vergara
Asesor Jurídico
Este Departamento tiene como principal objetivo mantener actualizada toda la legislación vigente relacionada con el municipio, además de servir de órgano asesor del mismo en todas aquellas materias que requieran alguna interpretación o aclaración de lo señalado tanto en las Leyes como en los Reglamentos, dentro de este objetivo, debe orientar periódicamente a los distintos Departamentos de aquellas modificaciones legales que se produzcan en sus respectivas áreas. Sus funciones además son:
- A requerimiento del Alcalde, quien posee la representación judicial y extrajudicial de la Municipalidad, debe iniciar y defender los juicios en la Municipalidad, sea parte o tenga interés.
- Realizar, en casos muy puntuales y a expresa petición del Alcalde, la defensa jurídica de aquellos temas que tenga relevancia para la comunidad en su conjunto.
- Redactar y/o revisar todos los contratos, convenios y mandatos que suscriba el municipio.
- Realizar informes en derecho de todas aquellas presentaciones de ilegalidad que se le presenten al Alcalde.
- Efectuar la cobranza judicial de impuestos, patentes, derechos, concesiones, arriendos y otros, en todos aquellos casos que procedan.
- En caso que procedan, realizar todas las gestiones pertinentes para llevar a cabo expropiaciones que corresponda realizar al municipio.
- Efectuar consultas, aclaraciones, interpretaciones y peticiones a solicitud del Alcalde, a la Contraloría General de la República.
- Por orden del Alcalde, llevar a cabo las correspondientes investigaciones y sumarios administrativos o realizar la supervigilancia de otros funcionarios que estén cumpliendo esas funciones.
- Velar por el cumplimiento de la legalidad en todos y cada uno de los actos realizados por el municipio y sus funcionarios.
SEGURIDAD PÚBLICA
- SEGURIDAD PÚBLICA
- FUNCIONES
- CONTACTO
ADMINISTRADOR MUNICIPAL
- ADMINISTRADOR MUNICIPAL
- FUNCIONES
- CONTACTO
Alejandra Bahamondez Montecinos
Administradora Municipal
El Administrador o Administradora Municipal depende directamente del Alcalde y tiene por objeto coordinar, supervisar y gestionar estratégicamente la organización del municipio. Esta dependencia colabora directo en las tareas de coordinación y gestión permanente del municipio, y en la elaboración y seguimiento del Plan Anual de Acción Municipal
- Dirección y Coordinación
La labor implica la dirección y coordinación constante de todas las Unidades Municipales, asegurando una gestión eficiente y armoniosa en el funcionamiento de cada área. Este rol requiere mantener una comunicación fluida y unificada entre las diversas unidades, facilitando la sinergia y colaboración entre equipos para alcanzar los objetivos institucionales.
- Supervisión
Velar por el cumplimiento de la estrategia de la organización en cuanto a las Unidades que la componen, a sus encargados y a la distribución de funciones, reorganizando aquellos que así lo requieran.
- Asesoría
Asesorar al Alcalde en conjunto con el Departamento de Personal en materias de administración, capacitación y desarrollo del personal.
- Colaboración
Colaborar con el Alcalde en la elaboración y seguimiento de la ejecución del Plan de Acción Municipal, que contiene las políticas, planes y programas de la Municipalidad, mediante el control de cumplimiento de las metas definidas en el Plan Anual de Gestión Institucional.
- Coordinación Instrumentos de Gestión
Coordinar con las Unidades correspondientes la preparación y elaboración de los instrumentos de gestión municipal, esto es: Pladeco, Presupuesto y Plan Regulador y en la formación de políticas de gestión interna.
- Ejercicio de Facultades
Ejercer las facultades delegadas por el Alcalde, en conformidad con la Ley y las demás funciones que se le encomienden.
Administradora Municipal: administrador@imsanjavier.cl
Tecnología de la Información: informática@imsanjavier.cl
CENTRO CULTURAL MARIO OLTRA BLANCO
- SEGURIDAD PÚBLICA
- CONTACTO
Mario Oltra Oltra Goüet
Director Centro Cultural MOB
El Centro Cultural Municipal, nace en el año 1982, cuando una casa aledaña a lo que era la Biblioteca Municipal se acomodó para el desarrollo de la entidad. Conocida como Casa de la Cultura, Escuela de las Artes o Centro Cultural, en sus comienzos fue lento, pero poco a poco la comunidad se vio integrada a las actividades culturales que se comenzaban a organizar. Se desarrollaban tertulias, algunas exposiciones y ensayaba una banda en sus dependencias por varios años.
Muchas de las acciones desarrolladas en el ámbito cultural en San Javier de esos años, eran lideradas por el conocido folclorista sanjavierino y fundador del conjunto Los Provincianos, Mario Oltra Blanco, quien desarrollaba la función de delegado cultural en la Municipalidad, de manera ad honorem, solo por su profundo amor al arte y a su pueblo.
Mario Oltra Blanco falleció en mayo del año 1987, y no fue sino hasta dos años después, que la Ilustre Municipalidad decretó que este organismo cultural dependiente del municipio, llevara el nombre del folclorista y amante de las artes. Oficialmente el mes de mayo de 1989, en una casona repleta de gente, con la presencia de variadas autoridades y la actuación principal del conjunto Los Provincianos –liderados por Mario Oltra Jiménez, hijo-, la primera autoridad comunal anunció que desde esa fecha se denominaría Centro Cultural Mario Oltra Blanco.
Actualmente se desarrollan más de 20 talleres de distintas áreas de la cultura y las artes, en ellos los sanjavierinos tienen la posibilidad de descubrir sus talentos o simplemente tener un momento de recreación. Además, la entidad tiene a cargo de organizar eventos masivos como el Festival de Interpretación Folclórica “Canciones de Tierra Larga”, Festival “San Javier Unidos por el Folclor” y otras versiones de eventos masivos que ya se han consagrado como partes de la cultura de la comuna.
Entre los diferentes talleres destacan algunos que llevan años desarrollándose, como es el caso de pintura, piano, acordeón, teatro, cueca, canto, guitarra, danza, tejido y bordado, entre otras disciplinas, que semana a semana son punto de encuentro e interacción de cientos de personas de San Javier e incluso de comunas vecinas.
Con más de 37 años de vida, el Centro Cultural Mario Oltra Blanco (MOB), busca promover el desarrollo artístico-cultural de la comuna, que permita la participación activa y el acceso de su gente a las artes en todas sus áreas, acompañado de un ambiente propicio, en donde se desarrolle una cultura cercana y amable.
Para más información sobre los talleres, cursos y actividades, pueden visitar la página de Facebook como Centro Cultural Municipal Mario Oltra Blanco, al teléfono +56 44 369 1498, al número de Whastapp +56 961383372 o visitando la casona ubicada en Arturo Prat 2737, San Javier.
Director Centro Cultural MOB: mario.oltra@imsanjavier.cl
Coordinador Artístico: jean.huillipan@imsanjavier.cl
Asistente Administrativo: roberto.gonzalez@imsanjavier.cl
Teléfono: +56 44 369 1498
Whastapp: +56 961383372
Facebook: Centro Cultural Municipal Mario Oltra Blanco
www.centroculturalmob.cl
SECRETARÍA COMUNAL DE PLANIFICACIÓN
- SECRETARÍA COMUNAL DE PLANIFICACIÓN
- FUNCIONES
- CONTACTO
Juan Pablo Espinoza Mora
Director Secretaría Comunal de Planificación
FUNCIONES SECRETARÍA COMUNAL DE PLANIFICACIÓN: De acuerdo a la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, la SECPLA desempeñará funciones de asesoría del Alcalde y del Concejo, en materias de estudios y evaluación, propias de las competencias de ambos órganos municipales. En tal carácter, le corresponderán las siguientes funciones:
- Servir de secretaría técnica permanente del Alcalde y del Concejo en la formulación de la estrategia municipal, como asimismo de las políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo de la Comuna.
- Asesorar al Alcalde en la elaboración de los proyectos del Plan Comunal de Desarrollo y de Presupuesto Municipal.
- Evaluar el cumplimiento de los planes, programas, proyectos, inversiones y el presupuesto municipal, e informar sobre estas material al Concejo, a lo menos semestralmente.
- Efectuar análisis y evaluaciones permanentes de la situación de desarrollo de la Comuna, con énfasis en los aspectos sociales y territoriales.
- Elaborar las bases generales y específicas, según corresponda, para los llamados a Licitación, previo informe de la unidad competente, de conformidad con los criterios e instrucciones establecidas en el Reglamento Municipal respectivo.
- Fomentar vinculaciones de carácter técnico con los servicios públicos y con el sector privado de la Comuna.
- Recopilar y mantener la información comunal y regional atingente a sus funciones.
DIRECCIÓN DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE PÚBLICO
- DIRECCIÓN DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE PÚBLICO
- FUNCIONES
- CONTACTO
Jorge Sepúlveda Fuentes
Director de Tránsito y Transporte Público
FUNCIONES DIRECCIÓN DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE PÚBLICO: Su objetivo es velar por el cumplimiento de las normas legales que regulan el Tránsito y Transporte Público de la Comuna. Dentro de sus funciones destacan:
- Dirigir y supervisar la entrega de toda clase de Licencias de Conducir y el otorgamiento y renovación de Permisos de Circulación.
- Determinar el sentido de circulación de vehículos en coordinación con los organismos del Estado competentes.
- Señalizar adecuadamente las vías públicas.
- Estudiar y Determinar el sentido de circulación de vehículos en coordinación con la Secretaría Regional Ministerial de Transportes.
- Otorgar certificados en materias de tránsito a contribuyentes y organismos públicos que lo soliciten.
- Autorizar el funcionamiento de las Escuelas de Conducir para Licencias clase B.
- Supervisar el adecuado funcionamiento de las señalizaciones de Tránsito en las vías públicas.
- Aplicar las Normas Generales sobre Tránsito y Transporte Público en la Comuna.
- Recibir y dar respuesta a peticiones e inquietudes presentadas a esta Unidad.
- Supervisar que el registro de Permisos de Circulación se lleve en forma actualizada.
- Planificar una gestión eficiente en los diferentes periodos de vencimiento de Permisos de Circulación.
DIRECCIÓN DE RENTAS
- DIRECCIÓN DE RENTAS
- FUNCIONES
- CONTACTO
Danisa Poblete Lara
Directora de Rentas Municipales
La Dirección de Rentas Municipales tiene como objetivo orientar y proporcionar a los contribuyentes la información que necesitan.
Patentes Comerciales:
- Mantener el Rol de Patentes Comerciales: otorgamiento, renovación, traslado, caducidad y transferencia.
- Mantener el Rol de Patentes de Alcoholes: otorgamiento, renovación, traslado, caducidad y transferencia.
- Mantener el Rol de Patentes Profesionales, Industriales y MEF: otorgamiento, renovación, traslado, caducidad y transferencia.
ROL de Aseo:
- Manejo y Administración del ROL de aseo.
- Calcular y cargas cuotas de aseo.
Permisos Precarios:
- Ambulantes – Provisorios – Precarios
Inspección:
- Patentes impagas, patentes sin funcionamiento comercial.
- Para renovación de patente.
- Patentes nuevas.
- Infracciones a la Ley de Rentas.
- Infracciones a la Ley de Alcoholes.
DIRECCIÓN DE SERVICIOS COMUNITARIOS
- DIRECCIÓN DE SERVICIOS COMUNITARIOS
- FUNCIONES
- CONTACTO
Fernando Moya Rojas
Director Servicios Comunitarios
FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN DE SERVICIOS COMUNITARIOS: La Dirección de Servicios Comunitarios tiene como Objetivo la Administración y Mantención de las áreas verdes, el aseo y ornato, el medio ambiente, el alumbrado público y la gestión de obras menores en la Comuna. Sus funciones son:
- Velar por el aseo de las vías públicas, parques, plazas y en general de los Bienes Nacionales de Uso Público existentes en la Comuna.
- Velar por el Servicio de extracción de basura.
- Fomentar disposición adecuada de residuos sólidos domiciliarios y asimilables bajo las normas legales y sanitarias vigentes.
- Velar por la construcción, conservación y administración de las áreas verdes de la Comuna.
- Mantenimiento y reparación del Alumbrado Público, además de propender a la expansión del parque lumínico y recepción de nuevo alumbrado público.
- Fiscalizar la operación y mantenimiento técnico y administrativo de los contratos de Aseo, Áreas Verdes y Alumbrado Público.
- Velar por la mantención y reparación de calles en áreas públicas con un máximo de 20 metros cuadrados, según factibilidad técnica y económica, propendiendo soluciones a los deterioros.
- Ejecutar obras de mejoramiento de caminos públicos no pavimentados y no enrolados que son de carácter vecinales.
Ejecutar otras funciones que le encomiende el Alcalde en el ámbito de obras menores y que beneficien a la comunidad.
FOMENTO PRODUCTIVO Y TURISMO
- FOMENTO PRODUCTIVO Y TURISMO
- FUNCIONES
- CONTACTO
Patricio Domínguez Ibarra
Director Fomento Productivo y Turismo
FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN DE FOMENTO PRODUCTIVO
Sus funciones son las siguientes:
- Elaborar políticas, planes y proyectos específicos a la promoción de las actividades productivas de la Comuna, desarrollando para ello gestiones tanto a nivel regional como nacional.
- Organizar y mantener servicios para apoyar las actividades productivas en la Comuna.
- Elaborar políticas y proyectos para el desarrollo productivo local.
- Fomentar y apoyar el desarrollo de la micro, pequeña y mediana empresa en la Comuna.
- Elaboración de políticas y acciones destinadas a promover el aumento de fuentes productivas en la Comuna.
- Mantener vínculos con las principales entidades sean estas públicas o privadas, de cualquier sector productivo que promuevan el desarrollo de la Comuna.
- Cumplir con las demás funciones que la Ley señale o que le encomiende el Alcalde, de acuerdo a la naturaleza de sus funciones y que estén dentro del marco legal.
Teléfono: 732 231339
Secretaria Fomento Productivo: erika.espinosa@imsanjavier.cl
Emprendimiento: emprendimiento@imsanjavier.cl
Turismo y Patrimonio: turismo@imsanjavier.cl
Centro Veterinario Municipal: prado.vania@gmail.com
Jefas de Hogar: jefasdehogarsanjavier@gmail.com
OMIL: xenia.luna@imsanjavier.cl
Prodesal: rodrigotejosp@gmail.com jorge.espinoza@imsanjavier.cl
Auto Consumo: patricioyevenes476@gmail.com
Oficina Agrícola: patricioyevenes476@gmail.com
Unidad de Vinculación: camilo.inostroza@imsanjavier.cl
Espacio Comercial: carolinaandrademarchant@gmail.com
Desarrollo Enológico: astudillo.m@gmail.com
Desarrollo Gastronómico: sergiovasquez.cocina@gmail.com
DIRECCIÓN DE OBRAS MUNICIPALES
- DIRECCIÓN DE OBRAS MUNICIPALES
- FUNCIONES
- CONTACTO
Mario Navarro Alegría
Director de Obras Municipales
FUNCIONES DIRECCIÓN DE OBRAS: La Dirección de Obras es una Unidad que depende directamente del Alcalde sin perjuicio que técnicamente, en lo referente a la aplicación de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y Ordenanza General, depende del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.
La Dirección de Obras tiene como objetivo velar por el cumplimiento de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, del Plan Regulador Comunal y de las Ordenanzas correspondientes, y de las disposiciones legales y reglamentarias que regulan las construcciones y las obras de urbanización que se ejecuten en el territorio comunal.
La Dirección de Obras Municipales tendrá las siguientes funciones:
- Dirigir, planificar, organizar, coordinar y controlar el cumplimiento de las funciones de la Dirección contempladas en el Art. 20 de la Ley Nº 18.695 que se indican, y aquellas que fijen leyes específicas.
- Velar por el cumplimiento de las disposiciones del Plan Regulador Comunal y de las Ordenanzas correspondientes, para cuyo efecto gozará de las siguientes atribuciones específicas:
- Dar aprobación a las subdivisiones de predios.
- Dar aprobación a los proyectos de obras de urbanización y de construcción en general que se efectúen en la Comuna. Ellas incluyen tanto las obras nuevas como las ampliaciones, transformaciones y otras que determinen las Leyes y Reglamentos.
- Otorgar los permisos de edificación de las obras señaladas en el número anterior.
- Fiscalizar la ejecución de dichas obras hasta su recepción.
- Recibirse de las obras ya citadas y autorizar su uso.
- Fiscalizar las obras en uso, a fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas que las rigen.
- Aplicar normas ambientales relacionadas con obras de construcciones y urbanización.
- Confeccionar y mantener actualizado el catastro de las obras de urbanización y edificación realizadas en la Comuna.
- Ejecutar medidas relacionadas con la vialidad urbana.
- Dirigir las construcciones que sean de responsabilidad municipal, sean ejecutadas directamente o a través de terceros.
- Aplicar las normas generales sobre construcción y urbanización.
- Coordinar y mantener relación con todos aquellos organismos públicos y privados en materia de construcción.
- Cumplir todas aquellas funciones que la Ley o el Alcalde le encomienden.
- Estudiar y verificar el estricto cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias en los proyectos y anteproyectos de obras en construcción.
- Fiscalizar cumplimiento de exigencias legales y reglamentarias en obras de edificación, ampliaciones, remodelaciones y/o demoliciones.
- Revisar los proyectos de subdivisiones y fusiones de predios, de urbanización y de construcciones en general que se realicen en la Comuna, incluyendo obras nuevas, ampliaciones, transformaciones y otras que determinen las Leyes y Reglamentos.
- Proponer los permisos y certificados que debe otorgar el Director de Obras.
- Inspeccionar las obras de edificación y urbanización para el otorgamiento de las recepciones finales.
- Determinar los derechos a cobrar a los contribuyentes por la ejecución de obras de edificación, alteración u otros.
- Emitir informes respecto del uso del suelo y aptitud del inmueble en relación al otorgamiento de patentes, de acuerdo a las normas legales y reglamentarias.
- Velar porque las obras que tengan permiso de edificación y urbanización obtengan la correspondiente recepción final.
- Llevar un registro de contratistas para la ejecución de obras a cargo del municipio.
- Mantener un archivo técnico clasificado y actualizado con los expedientes de las obras que se ordenen ejecutar.
- Proponer a la Secretaría de Planificación Comunal las Bases Administrativas especiales de las propuestas para la contratación de obras o proyectos municipales, y asesorará a SECPLA en la definición de las especificaciones técnicas y/o proyectos.
- Confeccionar especificaciones técnicas, levantamientos, anteproyectos y proyectos para las obras de pavimentación, iluminación y para la provisión y mantención de mobiliario urbano.
- Fiscalizar las obras encomendadas por la Municipalidad, conforme a las normas legales, reglamentarias, técnicas y contractuales.
- Fiscalizar la mantención de las obras de pavimentación en aceras y calzadas, de iluminación y del mobiliario urbano que le corresponda.
- Inspeccionar las obras contratadas por la Municipalidad, fiscalizando su ejecución y construcción desde su inicio, hasta el momento de su recepción definitiva, efectuando las visitas a terreno que sean necesarias y cumpliendo todas aquellas tareas asociadas al control administrativo y técnico de los contratos a su cargo.
- Establecer la Coordinación General del municipio con los servicios de utilidad pública en aquellas materias que deben resolverse en conjunto, que afecten los bienes nacionales de uso público, tales como: instalación de líneas distribuidoras, canalizaciones subterráneas, etc.
- Otorgar permisos de ocupación de espacios públicos y efectuar el respectivo cálculo de derechos.
- Fiscalizar el cumplimiento de las condiciones de los permisos de ocupación de espacios públicos.
- Otorgar certificado de líneas, de números, de expropiación y otros.
- Entregar copias autorizadas de certificados y planos aprobados.
- Controlar que las edificaciones sean ocupadas de acuerdo a las normas del uso de suelo que contemple el Plan Regulador Comunal.
- Fiscalizar que las obras de edificación, ampliación, remodelación, demoliciones, publicidad y propaganda cuenten con los permisos y recepciones correspondientes.
- Fiscalizar que los titulares de patentes municipales den a los inmuebles el uso autorizado, controlando los establecimientos industriales, comerciales y de servicios.
- Velar por el cumplimiento de normas legales y reglamentarias relativas a construcciones, denunciar las infracciones al Juzgado de Policía Local y solicitar clausuras, cierres o demoliciones cuando proceda.
- Atender las denuncias y reclamos, notificando las infracciones de acuerdo a las normas legales y reglamentarias, cursando cuando proceda, las citaciones al Juzgado de Policía Local.
- Comprobar el cumplimiento de Resoluciones Municipales que afecten a las edificaciones tales como: clausura, demoliciones, cierres y otros.
ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
- ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
- FUNCIONES
- CONTACTO
Franco Ortega Tejo
Director de Administración y Finanzas
FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS: Tiene como Objetivo General presupuestar, administrar e informar la adecuada asignación de recursos humanos, materiales y financieros, entre las que destacan:
- Asesorar al Alcalde y llevar la administración del personal y financiero de los bienes municipales.
- Colaborar con la Secretaría Comunal de Planificación en la elaboración del Presupuesto Municipal.
- Llevar la Contabilidad Municipal.
- Efectuar los pagos.
- Participar en el Comité Técnico Administrativo, la Junta Calificadora, el Comité de Selección del Personal, Concejo Municipal y otros cuando se solicite su asesoramiento.
- Mantener actualizado el registro de los bienes de la Municipalidad y los inventarios valorados de los mismos.
- Confeccionar las planillas de altas y bajas de las especies municipales.
- Celebrar convenios de pago de acuerdo a las normas legales vigentes.
- Cumplir con las demás funciones que la Ley y el Alcalde le encomienden.
DIDECO
- DIDECO
- FUNCIONES
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María Soledad Villena González
Directora Desarrollo Comunitario
FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO COMUNITARIO: Según la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, DIDECO deberá cumplir con las siguientes funciones:
- Asesorar al Alcalde y al Concejo, en la Promoción del Desarrollo Comunitario.
- Prestar asesoría técnica a las organizaciones comunitarias, fomentar su desarrollo y legalización, y promover su efectiva participación en el municipio.
- Proponer y ejecutar dentro de su ámbito y cuando corresponda, medidas tendientes a materializar acciones relacionadas con la salud pública, protección del medio ambiente, educación y cultura, capacitación laboral, deporte y recreación, promoción del empleo, fomento productivo y turismo.
- Detectar los requerimientos, necesidades y aspiraciones de la comunidad, y de las organizaciones comunitarias, informándolas al Alcalde y al Concejo.
- Informar las solicitudes de subvenciones de las entidades de carácter social que lo requieran.
- Promover la constitución, funcionamiento y coordinación de organizaciones comunitarias dentro de la Comuna.
- Coordinar a las organizaciones comunitarias con el municipio.
- Mantener un registro de las organizaciones territoriales y funcionales, conforme a las disposiciones legales e instrucciones vigentes.
- Capacitar en lo concerniente a los Planes de Desarrollo Comunal a los dirigentes comunitarios y personal municipal pertinente.
- Participar según corresponda, en la aplicación de planes, programas y proyectos, sobre la materia que deben desarrollar otras entidades públicas y privadas de la Comuna.
- Coordinar los distintos Programas Sociales en convenio con diversos servicios del Estado.
- Realizar las demás funciones que la Ley y el Alcalde le encomienden.
UNIDAD DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES
- UNIDAD DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES
- FUNCIONES
- CONTACTO
Aquiles Vergara Murga
Director Unidad de Gestión del Riesgo de Desastres
La Dirección de Gestión del Riesgo de Desastres tiene como objetivo la mitigación y preparación de emergencias y la respuesta y recuperación frente a emergencias que se susciten en el territorio.
1.- Prestar apoyo al Alcalde en todas las materias referentes al Sistema Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres.
2.- Elaborar el Plan Comunal para la Reducción del Riesgo de Desastres y el Plan Comunal de Emergencia, en conformidad con lo dispuesto en la Ley que establece el Sistema Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres.
3.- Confeccionar los informes en aquellas materias de su competencia, referidas a los artículos 28 y 32 de la Ley Nº 21.364, cuando las unidades señaladas en dichos artículos soliciten su pronunciamiento.
4.- Aportar al funcionario que designe el Director Regional del Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres, la información referente a su comuna para la elaboración del mapa de riesgo que contempla la Ley que establece el Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres.
5.- Coordinar con la Dirección Regional del Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres, y con los organismos o entidades públicas correspondientes, en el marco de sus competencias, las acciones en materia de Gestión del Riesgo de Desastres en la Comuna.
6.- Mantener el Plan Comunal de Emergencia, frente a fenómenos naturales.
7.- Planificar, articular, coordinar, organizar y restablecer el normal funcionamiento de la Comuna, en situaciones de emergencias, desastres y catástrofes.
8.- Evaluar e implementar las medidas que estime necesarias para prevenir y resolver situaciones derivadas de emergencias.
9.- Coordinar y ejecutar las acciones tendientes a dar respuesta y/o solución al déficit hídrico.
10.- Representar la Secretaría Técnica del Comité de Operaciones de Gestión del Riesgo de Desastres ante una emergencia, desastre o catástrofe.