Salud

FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN COMUNAL DE SALUD MUNICIPAL:

Según la Ley sus funciones son: 

a)  Planificar, programar, ejecutar, monitorear y evaluar las actividades de las Postas, Estaciones de Enfermería, Centro Comunitario de Salud Familiar. Microcentro de Salud, Centro Comunitario de Rehabilitación y servicios que se le brinda a la población a su cargo.

b)  Fomentar la corresponsabilidad en salud con las instituciones, organizaciones de base y otros actores sociales de la comunidad.

c)  Desarrollar actividades preventivas, promocionales y de recuperación en forma integral para contribuir a satisfacer las necesidades de la población.

d)  Programar, ejecutar y evaluar actividades integrales según etapa de vida, en el control de enfermedades transmisibles, enfermedades inmune previsibles, desordenes nutricionales, enfermedades de salud mental y odontológicas, detección de signo de alarma en gestantes y en la primera infancia, saneamiento básico y otros hechos de prevalencia local.

e)  Elaborar el Plan de Salud estratégico y operativo, a través del diagnóstico de la situación actual de salud de la población, programación de actividades y metas a ser alcanzadas.

f)  Establecer y garantizar un adecuado y oportuno flujo de información a nivel interno y externo, a través del registro y análisis de datos.

g)  Identificar y establecer modelos de trabajo con la participación de usuarios y agentes comunitarios de salud.

h)  Organizar, dirigir y ejecutar acciones de supervisión de actividades administrativas y asistenciales.

i)  Programar y ejecutar acciones de capacitación a los recursos humanos de salud y comunidad, asimismo apoyar en la docencia y capacitación en servicio a los estudiantes de las entidades formadoras que mantienen convenio con el municipio.

j)  Orientar la implementación progresiva del Modelo de Atención de Salud Integral con Enfoque Familiar y Comunitario.