PROCEDIMIENTO SOLICITUD DE OCUPACIÓN PROVISORIA DE ESPACIO PÚBLICO

  1. MUNICIPALIDAD DE SAN JAVIER

En vista de la crisis que presenta el país por la situación del COVID-19 y con el fin de reactivar la economía local se creó este procedimiento, el cual, basado en el plan “Paso a Paso” del MINSAL, indica la manera en que los locatarios de la comuna pueden solicitar y recibir autorización provisoria para la utilización del espacio público mientras dure el estado de pandemia.

PROCEDIMIENTO

ALCANCE

Los locatarios que se pueden acoger a esta disposición transitoria son todos quienes tienen locales con giro de restaurantes, cafés y lugares análogos, siempre que la comuna se encuentre en etapa de PREPARACIÓN del plan “Paso a Paso” del MINSAL.

¿CÓMO REALIZO EL TRÁMITE?

Para obtener un permiso temporal de ocupación de espacio público, los locatarios deben acercarse a la Dirección de Obras Municipales y rellenar el formulario “SOLICITUD DE OCUPACIÓN PROVISORIA DEL ESPACIO PÚBLICO”, en el cual se deberán indicar los datos del solicitante, del local por el cual se solicita autorización y la cantidad de mesas y distribución de las mismas.

¿QUÉ PASA SI LA COMUNA RETROCEDE EN EL PLAN PASO A PASO DEL MINSAL?

Los permisos de ocupación provisoria del espacio público solo son válidos en el período de tiempo que la comuna se encuentre en el paso de PREPARACIÓN, pero si la comuna retrocede a TRANSICIÓN o CUARENTENA, todos los permisos se revocarán. Toda vez que la comuna entre vuelva a estar en etapa de PREPARACIÓN se deben volver a solicitar los permisos.

¿QUÉ COSTO TIENE EL TRÁMITE?

El permiso de ocupación provisoria del espacio público, por disposición del Sr. Alcalde, NO TIENE NINGÚN COSTO ASOCIADO, por lo que puede ser realizado las veces que sea necesario por cualquier locatario que cumpla con el giro de su local y las condiciones que se indican en este documento.

CONDICIONES

Para autorizar la ocupación provisoria del espacio público, los locatarios deberán cumplir con las siguientes condiciones:

  1. Solo podrán ocupar la zona de la vereda que enfrenta su local.
  2. Deberán dejar una franja de vereda claramente demarcada en el piso, la cual será de 1,2m libre correspondiente a la ruta accesible de la vía pública. Esta franja debe quedar siempre entre la línea oficial del local y el área de ocupación del espacio público.
  3. La distancia mínima entre las mesas en todas las direcciones deberá ser de 2,0m, distancia que será claramente demarcada en el piso.
  4. Podrán disponer mesas hasta un máximo de 25% de la capacidad del restaurant.
  5. Para protección del público que se atenderá deberán construir una baranda provisoria de acero que separe el área de ocupación de espacio público y la calle a la que enfrenta. Esta baranda deberá ser resistente a golpes, empujones y desmontable.

Formulario solicitud de espacio público

https://drive.google.com/file/d/1-VUG3NYDY9QkKEozbWN_uXTXvVGR9bwf/view?usp=drivesdk

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